Protocolo para prevenir y erradicar el acoso sexual y el hostigamiento sexual
Propuesta para aprobación de la Dirección General. Presentación ejecutiva del instrumento, su obligatoriedad y los pasos pendientes para su firma.
Instituto Nacional de Estudios Sindicales y Administración Pública de la FSTSE
I · Por qué importa
Protección, responsabilidad y mandato
+
01
Protege a las personas
El acoso y el hostigamiento sexual vulneran la dignidad, la integridad y los derechos de la comunidad. Cero tolerancia.
Atención con perspectiva de género, acompañamiento psicológico y medidas de protección desde el primer contacto, sin revictimización.
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02
Protege a la institución
Ordena, documenta y acota el riesgo institucional frente a la SEP y la autoridad laboral.
Documentar cada caso con plazos definidos deja evidencia de debida diligencia: el mejor blindaje ante una reclamación o una auditoría.
+
03
Cumple una obligación
Lo exige la ley federal, la SEP para particulares con RVOE y el contrato con la FSTSE.
Su omisión puede derivar en observaciones de la SEP, responsabilidad laboral conforme a la LFT y reclamos por falta de debida diligencia.
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II · Obligatoriedad
Contar con este protocolo no es opcional.
Un mandato legal expreso, en varios niveles, obliga al INESAP a formularlo, aplicarlo y difundirlo.
II · El mandato legal
Qué exige cada instrumento
+
LGE · arts. 16 y 74
Combatir la violencia, ofrecer mecanismos de reporte y promover campañas.
Transversaliza la perspectiva de género en toda la oferta educativa con RVOE y obliga a mecanismos gratuitos de orientación y reporte.
+
LGES · art. 43
Las IES adoptan protocolos y una instancia de seguimiento en igualdad de género.
Esa instancia debe contar con personal capacitado y dar continuidad a los casos a lo largo del tiempo.
+
LFT · art. 132-XXXI
Obligación patronal de implementar un protocolo contra la violencia y el acoso.
Vigente desde 2019; su incumplimiento es observable y sancionable por la autoridad laboral.
+
Acuerdo SEP 17/11/17
El reglamento escolar tipifica el acoso sexual e incluye medidas y procedimiento.
Sin esa tipificación en el reglamento, la sanción disciplinaria que recomiende el protocolo carece de base formal.
+
NOM-035 e internacional
Riesgo psicosocial laboral; CEDAW, Belém do Pará y Convenio 190 OIT.
Conectan el protocolo con la prevención de riesgos psicosociales y con la debida diligencia frente a la violencia de género. El Convenio 190 está en vigor para México desde 2023.
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III · Alcance
A quién y dónde aplica
Personas sujetas
Alumnado de cualquier programa, modalidad o ciclo.
Personal docente, administrativo, técnico y directivo.
Servicio social, becarios y practicantes.
Proveedores, contratistas, visitantes y ponentes.
Ámbito de aplicación
Todas las instalaciones físicas del INESAP.
Actividades académicas presenciales y de extensión.
Modalidad virtual: plataformas, correo y redes.
Relaciones laborales y relación personal con alumnado.
Aplica sin distinción de género, edad, nivel jerárquico, tipo de contratación o modalidad académica.
IV · Estructura
29 apartados en seis bloques
+
I – VI
Fundamentos
I · Presentación
II · Fundamentación jurídica
III · Objetivo general
IV · Objetivos específicos
V · Ámbito de aplicación
VI · Personas sujetas
+
VII – IX
Marco conceptual
VII · Definiciones
VIII · Principios rectores
IX · Catálogo de conductas
+
X – XIV
Derechos e instancias
X · Derechos de la denunciante
XI · Derechos de la denunciada
XII · Autoridades responsables
XIII · Persona Orientadora
XIV · CAVG-INESAP
+
XV – XXI
Procedimiento
XV · Recepción de quejas
XVI · Ruta de atención
XVI Bis · Sanciones
XVI Ter · Recurso de revisión
XVII · Medidas de protección
XVIII a XXI · Delitos, menores, datos, expedientes
+
XXII – XXV
Prevención
XXII · Campañas obligatorias
XXIII · Plan anual
XXIV · Capacitación
XXV · Materiales de difusión
+
XXVI – XXIX
Cumplimiento
XXVI · Indicadores
XXVII · Evaluación anual
XXVIII · Actualización
XXIX · Anexos
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V · Conceptos clave
La distinción que ordena el documento
Acoso sexual
Sin relación de subordinación, pero con ejercicio abusivo de poder. Conductas de connotación sexual no consentidas. (Art. 13 LGAMVLV · 3 Bis-II LFT)
Hostigamiento sexual
Con relación de subordinación real, en el ámbito laboral o escolar. Conductas de connotación lasciva. (Art. 13 LGAMVLV · 3 Bis-I LFT)
15 principios rectores: los pilares
Perspectiva de género y debida diligencia en cada caso.
No revictimización y confidencialidad estricta de las partes.
Presunción de inocencia y debido proceso para la persona señalada.
Cero tolerancia a represalias, accesibilidad y gratuidad.
VI · Quién responde
Instancias responsables dentro del INESAP
+
01
Dirección General
Aprueba el protocolo, designa al comité y a la Persona Orientadora, garantiza recursos y emite el pronunciamiento de cero tolerancia.
+
02
CAVG-INESAP
Comité colegiado que recibe, investiga y resuelve los casos; ratifica medidas y garantiza audiencia. Al menos 50% mujeres, dos años en el cargo.
+
03
Persona Orientadora
Primer contacto. Perfil en psicología, trabajo social o derecho; orienta, dicta medidas urgentes y canaliza al comité en 24 horas.
+
04
Dirección Académica
Ejecuta medidas académicas como cambio de grupo, horario o asesorías de regularización, y garantiza la capacitación docente.
+
05
Recursos Humanos
Aplica medidas laborales como separación temporal, reasignación o rescisión, y asegura el cumplimiento del art. 132-XXXI de la LFT.
+
06
Jurídica y Datos
Integra expedientes, gestiona las canalizaciones penales y resguarda los datos sensibles conforme a la LFPDPPP.
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VII · Ruta de atención
De la denuncia al cierre, en 13 pasos con plazos
Las medidas urgentes de protección se dictan desde el primer contacto, con independencia de cualquier denuncia penal.
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VIII · Garantías
Proteger a quien denuncia, con debido proceso
Medidas de protección
Separación y restricción de contacto entre las partes.
Acompañamiento psicológico, médico y jurídico gratuito.
Ajustes académicos sin afectar la trayectoria escolar.
Medidas laborales y seguimiento anti-represalias.
Para la persona señalada
Presunción de inocencia hasta determinación fundada.
Conocer los hechos imputados de forma clara.
Ofrecer pruebas, alegatos y ser acompañada.
Ser notificada e impugnar las determinaciones.
IX · Prevención
No solo atiende: previene de forma permanente
Campañas obligatorias
INESAP Cero Tolerancia (permanente).
Conoce tu Protocolo (cada ciclo escolar).
25N y 8M · Violentómetro INESAP.
Consentimiento, dignidad y respeto.
Formación y plan anual
Capacitación obligatoria y anual a todo el personal.
Sensibilización al alumnado al inicio de cada ciclo.
Plan Anual de Prevención con diagnóstico de clima.
Articulación con la NOM-035-STPS.
X · Cumplimiento
Cómo se mide y se mantiene vigente
≥90%
Cobertura de campañas en la comunidad
100%
Personal capacitado al año
≤45
Días hábiles, tiempo de resolución meta
0
Tolerancia a represalias
Evaluación anual con informe a la Dirección General, actualización cada dos años o ante reforma legal, y diez anexos operativos: formatos de queja, entrevista, aviso de privacidad, medidas, directorio externo, ruta visual, calendario, acta de cierre, constancia y recusación.
XI · Valoración técnica
Estado del documento
Base sólida y aprobable como propuesta
Cubre el ciclo completo de prevención, atención, sanción y seguimiento, con fundamento jurídico correcto y debido proceso para ambas partes. Listo para entrar a revisión de Dirección.
Ajustes finos recomendados
Definir las sanciones en el reglamento escolar y laboral.
Fijar quórum y votación del CAVG-INESAP.
Prever un recurso de revisión interno.
Cuadrar los plazos de la ruta con la meta de resolución.
XII · Pendientes para la firma
Lo crítico: sin esto no se aprueba ni se firma
Nombre y cargo del Director o Directora General.
Acuerdo interno y fecha de entrada en vigor.
Integrantes del CAVG y Persona Orientadora.
Correo institucional dedicado al protocolo.
Sanciones en los reglamentos vigentes.
Armonizar reglamento escolar y de trabajo.
Ruta crítica hacia la firma
Director o Directora, integrantes del CAVG, correo del protocolo, armonización de reglamentos, acuerdo de aprobación, firma, buzón y cartel, aviso de privacidad, capacitación del comité y capacitación del 100% del personal en 90 días.
Siguiente paso
Aprobar como propuesta base y abrir la personalización
Para avanzar, la Dirección debe aportar los datos institucionales. El cuestionario reúne todo lo que falta para firmar, orientado al RVOE.
INESAP-FSTSE · Protocolo de Atención para Prevenir y Erradicar el Acoso Sexual y el Hostigamiento Sexual · 2026
INESAP-FSTSEProtocolo · Propuesta 2026
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Recolección de datos · para finalizar y firmar
Obligatorios: 0/9
Para finalizar y firmar el protocolo
Formato de recolección de datos
Reúne, en una sola hoja, lo que falta para completar el protocolo, firmarlo y dejarlo como evidencia.
Documento requerido como parte del cumplimiento para el RVOE — Ley General de Educación, arts. 16 y 74.
Quién lo llena. La Dirección General o su asistente. No se necesita asesoría jurídica para llenarlo, solo para la revisión final.
Cómo llenarlo. Conteste lo que tenga a la mano. Donde no exista un área o un puesto, se designa a una persona del personal actual: no hace falta contratar a nadie.
Mínimo indispensable para poder firmar de inmediato
Nombre y cargo del Director o Directora General (1).
Identificación de la institución y clave de RVOE (2 y 17).
Persona Orientadora e integrantes del comité CAVG (4 y 5).
La persona de Jurídico (6).
Correo dedicado para denuncias (9).
Directorio de canalización externa (12).
Confirmar si existe reglamento escolar y de trabajo (13).
Qué produce este formato (evidencia para el RVOE)
El protocolo aprobado y firmado por la Dirección General.
El oficio o acta de designación del comité CAVG y de la Persona Orientadora.
El canal de denuncia publicado (correo y/o buzón).
El aviso de privacidad publicado.
Evidencia de la primera difusión y capacitación.
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